domingo, 8 de enero de 2017

Subjetividad y derecho en Friedrich Nietzsche

Uno siente la tentación de creer que esta criatura tuvo,
 tiempo atrás, una figura más razonable y que ahora está rota.
Pero éste no parece ser el caso.
Franz Kafka

Sabemos que Friedrich Nietzsche fue uno de los críticos más agudos de la noción de subjetividad moderna. Entendemos que este ataque al sujeto de la modernidad, se desarrolló en un contexto más general de enfrentamiento con la tradición metafísica y sólo en ese sentido podemos comprender su relevancia. Por otra parte, se trata de un enfrentamiento que no siempre ha tomado la misma forma ni se ha realizado con las mismas armas. Y sus implicancias son tan grandes que todavía la comunidad filosófica está intentando dar cuenta de ellas. Al mismo tiempo, la intervención nietzscheana en la conceptualización de la subjetividad no se agota simplemente en un momento negativo, que tendría su complemento en un momento posterior propositivo. Desde el principio mismo de su obra, podemos ver aparecer escorzos, aristas, figuras varias de nuevos tipos de subjetividad. En particular, nos interesa atravesar algunas de estas nuevas características de la subjetividad en relación al sujeto de derecho clásico, es decir, pretendemos poner de relieve en la crítica al concepto de sujeto moderno, qué aspectos conciernen a su figura en tanto sujeto de derecho y qué formas nuevas podemos vislumbrar para pensar en una nueva configuración entre sujeto y derecho. Evidentemente esta reflexión se solapa en numerosas ocasiones con el aspecto específicamente moral y el político del sujeto, pero creemos que la deriva jurídica no ha sido tan explorada como las anteriores en los estudios nietzscheanos.  Con este fin, realizaremos una breve descripción del problema general, esto es, de la crisis de la metafísica y sus consecuencias para la concepción del sujeto moderno; luego intentaremos trabajar con algunos textos tempranos de Nietzsche para rastrear allí los lugares en los que podemos señalar nuevas formas de pensar el derecho y la subjetividad.



Erróneamente se suele sindicar a Nietzsche como el asesino de dios, cuando el trabajo que realiza es ante todo diagnóstico de la época que le tocó transitar. En todo caso, podemos ver cómo su tarea parte de la evidencia de la muerte de dios para poder desde allí indicar las diversas consecuencias de esta pérdida del fundamento y los modos en que vuelven a aparecer una y otra vez intentos de instaurar nuevos principios metafísicos que den cuenta, a partir de ellos, de todo lo existente. Es lo que Nietzsche llamaba las “sombras de dios”: la moral, la gramática, el sujeto se erigen como sucedáneos dispuestos a ser esa roca inamovible sobre la cual construir, en forma jerárquica, la totalidad de lo que es. “El sujeto moderno se presenta como nueva sombra de dios, una vez muerto éste. Esto significa que el sujeto ocupa en la modernidad el lugar dejado vacante por el dios muerto, y cumple sus funciones fundamentadoras del ámbito de lo ontológico, de lo gnoseológico y de lo ético-político.”[1] Es justamente esta última función, la ético-política, la que nos interesa en relación al sujeto moderno. Si entendemos que el sujeto es una ficción útil, ¿Qué características asignadas a su figura podemos entender que son útiles para el funcionamiento del orden jurídico, moral, político? ¿Podemos pensar otro orden jurídico una vez que esta conceptualización moderna del sujeto ha entrado en crisis? ¿Debemos hacerlo? ¿Qué implicancias para nuestras formas de comprender el acto moral y el sistema jurídico tienen las nuevas figuras de la subjetividad que esboza Nietzsche? Estos son algunos de los interrogantes que jalonan esta breve incursión en algunos escritos nietzscheanos para intentar encontrar allí indicios de una nueva relación entre sujeto y derecho. El último paso que lleva del “mundo verdadero” hacia la fábula, de acuerdo a esta famosa sección de El crepúsculo de los ídolos, plantea también la pregunta por lo que queda una vez operado el desenmascaramiento: “Hemos eliminado el mundo verdadero: ¿qué mundo ha quedado?, ¿acaso el aparente?... ¡No!,¡al eliminar el mundo verdadero hemos eliminado también el aparente!”[2] Está claro entonces que no pretendemos encontrar en los textos nietzscheanos la verdadera relación entre sujeto y derecho, sino la posibilidad de fabular diversos modos de esta relación, ya que el sujeto de derecho moderno aparece como una figura difícil de deconstruir.



Veamos entonces a partir de los propios textos nietzscheanos algunas características de este sujeto moderno. En los fragmentos póstumos podemos leer la historia psicológica del “sujeto” como un resto de la distinción operada entre una acción y un agente.[3] Efectivamente, podemos pensar al sujeto moderno como el concepto garante de que las acciones puedan ser asignadas a un individuo determinado. Para eso tenemos que asignar a este individuo una conciencia racional y libre, que le permite entonces reconocerse a sí mismo como portador de la responsabilidad de la acción que es, en tanto libre, una elección que le pertenece para los otros y para sí mismo a esa identidad individual. Como contrapartida, Nietzsche pone claramente en duda que el querer y el pensar sean resultado de la actividad de ese “yo” que se autoadjudica su dominio.[4] Aunque una exposición más detallada encontraría diferencias más que importantes entre los filósofos modernos, podemos trazar una línea de continuidad que une al sujeto racional moderno y al contrato social como modelo de legitimar el nuevo orden político, fundándolo en este sujeto autónomo. Sobre esta dupla Estado-sujeto se funda el derecho positivo y emerge con toda su fuerza el sujeto de derecho que puede contratar, comprar y vender amparado por las leyes estatales. Históricamente, este sujeto universal se corresponde con la burguesía que se está haciendo de derechos políticos y económicos de los que hasta ese entonces carecía. Pero la burguesía como tal no puede corresponder exactamente con este sujeto pensante, este sujeto impersonal del cogito cartesiano o las categorías a priori kantianas. ¿Dónde está pues este sujeto isotópico? Debemos por supuesto responder que no se encuentra en ningún lugar que no sea histórico, que se lo debe producir como tal. En La genealogía de la moral podemos encontrar seguramente los desarrollos más certeros en este sentido. Pero nuestra intención para este breve trabajo, es analizar algunos textos más tempranos de su producción, en particular El nacimiento de la tragedia de su primera etapa trágica-metafísica y Humano, demasiado humano, que marca la ruptura de ese primer período con la crítica a la metafísica.



En los numerosos análisis de El nacimiento de la tragedia mucho es lo que se ha dicho sobre Apolo y Dionisos como figuras divinas que representan instintos artísticos contrapuestos. Sin embargo nos interesa pensar ahora en estas dos divinidades desde sus influencias en el universo de lo político. El mismo Nietzsche establece algunos vínculos en la obra, aunque sin desarrollarlos en profundidad, por lo que nos proponemos trabajar sobre estos indicios para desplegar desde allí algunas problemáticas. Afirma Nietzsche que

“así como cuando hay una propagación importante de excitaciones dionisíacas se puede siempre advertir que la liberación dionisíaca de las cadenas del individuo se manifiesta ante todo en un menoscabo, que llega hasta la indiferencia, más aún, hasta la hostilidad, de los instintos políticos, igualmente es cierto, por otro lado, que el Apolo formador de estados es también el genio del principium individuationis, y que ni el Estado ni el sentimiento de la patria pueden vivir sin afirmación de la personalidad individual.”[5]

Tenemos entonces aquí la doble afirmación de la apoliticidad del espíritu dionisíaco y de Apolo como divinidad que provee la base para la formación del Estado. Sin voluntad individual no hay Estado, como los filósofos contractualistas supieron señalar. Mientras que Dionisos es la abolición de esta reunión de individuos diferenciada, estratificada, que es la sociedad civil. En La visión dionisíaca del mundo Nietzsche ya había sostenido que en las fiestas de Dionisos “todas las delimitaciones de casta que la necesidad y la arbitrariedad han establecido entre los seres humanos desaparecen: el esclavo es hombre libre, el noble y el de humilde cuna se unen para formar los mismos coros báquicos.”[6] La festividad dionisíaca es excepción, interrupción festiva y desbordante de un ordenamiento sociopolítico. No puede haber Estado dionisíaco. Pero seguramente tampoco podamos pensar el funcionamiento estatal con una represión completa del espíritu dionisíaco, de manera que si lo dionisíaco no puede constituir Estado, seguramente pueda allí cumplir algún papel y en este sentido, complementar el orden político. Volvamos entonces sobre las características principales del instinto apolíneo: el Estado se funda sobre la moderación, el sosiego, el control de las emociones salvajes y la capacidad de analizar (de distinguir, es decir, de individuar) y de decidir del sujeto moderno. Parece que el Estado tiene a la base un conjunto de individuos que son dueños de sí, cuya conciencia cartesiana es accesible y permite saber qué conviene y qué no conviene para la existencia y la prosperidad de ese sujeto en la sociedad. Si bien en este período Nietzsche todavía no emprendió su crítica radical a la metafísica y es deudor de concepciones muy cercanas a Schopenhauer, entendemos que el papel político de la individuación apolínea es un claro ejemplo del rol asignado a determinada forma de subjetividad, que el joven Nietzsche ya concibe en tensión. El instinto dionisíaco, apolítico por excelencia, puede quizás ser pensado como una irrupción en el campo de este tipo de política apolínea y como la posibilidad de pensar otras aristas de la vida en comunidad. Si Apolo es el fundador del Estado, una política dionisíaca tiene que ser una política no estatalizante. Una política de la desmesura que pueda interpelar y poner en crisis el imaginario del binomio político moderno: sujeto-Estado. En el mismo sentido cae también la figura del sujeto de derecho tradicional, no podemos, en principio más que pensarlo apolíneo: individuado, mesurado, dueño de sí.



            Humano, demasiado humano es la obra que marca el comienzo de la crítica a la metafísica y el consiguiente distanciamiento de la filosofía schopenhaueriana. La filosofía tendrá que ser, desde este momento, eminentemente histórica y podemos observar en esta obra los primeros rasgos de lo que luego será su enfoque genealógico. En el aforismo 18 sostiene que son dos las principales afirmaciones de la metafísica: la sustancia (la identidad, la invariabilidad de lo existente) y la libertad (el libre albedrío). En los dos casos, afirma Nietzsche, se trata de errores fundados en formas primitivas de concebir al mundo y nuestra relación con él. A la sustancia opondrá el devenir y al libre albedrío la causalidad.[7] El problema del libre albedrío lleva a una breve historia de la responsabilidad que termina en la disolución completa de esta última. “Se hace así sucesivamente al hombre responsable de sus efectos, luego de sus actos, luego de sus motivos y, por último, de su ser. Descúbrese entonces por último que este ser tampoco puede ser responsable, por ser una consecuencia entera y absolutamente necesaria, y derivar de elementos e influjos de cosas pasadas y presentes.”[8] Si hay necesidad, entonces no hay asidero para la responsabilidad, Nietzsche concluye entonces que nadie es responsable de sus actos ni de su ser y tenemos que entender aquí justamente a este “nadie” designando al sujeto moderno responsable de su ser y de sus actos. Esta figura ya no puede sostenerse, entonces ¿qué sucede con la responsabilidad, la culpa, el castigo? En el aforismo 66 vislumbramos una primera respuesta, allí Nietzsche afirma que “Nuestro crimen contra los criminales consiste en que los tratamos como canallas.”[9] El modo en que punimos a los criminales no habla de ellos tanto como de nosotros, los que creemos que son canallas, en tanto han decidido realizar actos que van contra lo acordado por la ley. Pero si nosotros nos convertimos en criminales al suponer en ellos esta identidad moral corrupta, ¿qué tipo de penalidad podemos legítimamente ejecutar sobre estos sujetos para castigar sus acciones? Sobre la pena muerte, Nietzsche sostiene que así no se castiga la culpa del asesino, porque la culpa la tienen los padres y los educadores, no hay responsabilidad de quien comete el acto.[10] Lo que sucede con el “ajusticiamiento” es la puesta en escena de mecanismos que ocultan la disolución de la culpa en el conjunto de determinaciones que llevaron al asesino a cometer ese acto. Aparece aquí solapadamente un término que va a ir ganando importancia en la obra posterior de Nietzsche: la inocencia. Como contracara de la culpa y de la responsabilidad, vemos surgir al hombre sabio como aquel que es capaz de comprender la disolución de la responsabilidad individual y la inocencia como consecuencia inmediata de este cambio en el modo de entender las acciones. Podemos ver cómo esta inocencia está atravesada por una concepción determinista a la que Nietzsche no va a adscribir más adelante, pero que le sirve en este momento para combatir la idea de “libre albedrío”, entonces afirma que a pesar de la enorme complejidad y de la aparente libertad, un entendimiento omnisciente podría calcular todas las acciones de todos los hombres, incluyendo su conciencia errónea de libertad.[11] Si aceptamos esta hipótesis entonces tenemos que reconsiderar todo el funcionamiento de lo que denominamos procedimientos de justicia. Parte de este trabajo lo emprende el mismo Nietzsche en esta obra intentando pensar el origen de la justicia y del derecho como resultado de una dinámica de fuerzas y conveniencias.

            Volvamos entonces a pensar los desafíos que quedan por pensar ya desde estas primeras críticas al sujeto moderno en tanto individuo-responsable de sus propias acciones. Creemos que el concepto de “inocencia” que esbozamos al finalizar este trabajo, puede ser fructífero para pensar figuras posibles de la subjetividad que no porten sobre sí el peso de la culpa. Sin embargo, entendemos que no podemos simplemente escindir en una subjetividad responsable y una inocente, lo que hasta ahora era la unidad sólida del sujeto moderno. En todo caso, tenemos que preguntar al derecho hasta qué punto puede albergar dentro de él la inocencia de los actos y, en ese caso, pensar qué transformaciones implicaría, qué nuevo derecho y qué nuevas subjetividades se pueden poner en juego, si la inocencia debilita el fundamento moral del derecho.

[1]Cragnolini, Mónica (2006), Moradas nietzscheanas, Buenos Aires: La cebra, p. 28
[2] Nietzsche, Friedrich (2002), Crepúsculo de los ídolos, Madrid: Alianza, p. 58
[3] Nietzsche, Friedrich (1998), El nihilismo: escritos póstumos, Barcelona, Península, p. 35
[4] Así en el aforismo 124 de Aurora titulado “¡Lo que es querer!” o en el aforismo 17 de Más allá del bien y del mal donde aparece la famosa sentencia “Ello piensa”, entre muchos otros lugares de su obra.
[5] Nietzsche, Friedrich (1998). El nacimiento de la tragedia. Buenos Aires: Alianza, p. 167
[6] Ibíd., p. 232
[7] Nietzsche, Friedrich (2007), Humano, demasiado humano, Madrid: Akal, p. 53
[8] Ibíd., p. 68
[9] Ibíd.,  p. 79
[10] Ibíd., p. 80
[11] Ibíd., p. 94

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