viernes, 6 de enero de 2012

IMPERIO

En el año 2000 el veterano filósofo y activista comunista Toni Negri y un joven Michael Hardt presentan "Imperio". Una lectura del mundo contemporáneo desde una izquierda remozada con las lecturas de Foucault y Deleuze, entre otros. Aquí algunas de las ideas importantes del libro.



Luego del derrumbe de la URSS, asistimos a una acelerada globalización que está debilitando cada vez más la soberanía de los Estados-nación, a la vez que se materializa el “imperio”, una nueva forma de soberanía global “compuesta por una serie de organismos nacionales y supranacionales”. Debilitamiento de los Estados-nación y fortalecimiento del imperio, son dos caras de la misma moneda.

No hay que confundir al imperio naciente con el imperialismo, este último es un fenómeno que se basa en la expansión del territorio y poderío de los Estados-nación. El imperialismo ejerce su poder desde su capital, establece fronteras delimitadas. “En contraste con el imperialismo, el imperio no establece ningún centro de poder y no se sustenta en fronteras o barreras fijas. Es un aparato descentrado y desterritorializador”. Además, las identidades que maneja son híbridas y las jerarquías flexibles.

Estos cambios se corresponden con la transformación de la producción, desde un régimen industrial en fábricas a otro comunicativo, afectivo. “En la posmodernización de la economía global, la creación de la riqueza tiende aún más hacia lo que llamaremos la producción biopolítica”. El imperio tiene tres características principales: no tiene fronteras territoriales, se presenta por fuera del régimen histórico (no tiene fronteras temporales), domina todos los órdenes del mundo social (no tiene frontera su control interno). “El imperio no sólo gobierna un territorio y una población, también crea el mundo mismo que habita.” En cuarto lugar, aunque el concepto de imperio esté dedicado a la paz, su práctica está “bañada en sangre”.


Negri y Hardt explicitan la tarea política a realizar, que consiste no tanto en resistir a estos procesos, cuanto en “reorganizarlos y redirigirlos hacia nuevos fines”, aparece aquí “la multitud” como el sujeto político colectivo que permitiría construir un “contraimperio”, que invente nuevas formas democráticas y que permita superar en última instancia el dominio imperial.

El orden que se está formando no surge espontáneamente ni por el mercado ni por la astucia de la razón, pero tampoco está dirigido desde un poder oculto, central y omnisciente. Hardt y Negri quieren dar cuenta de la constitución del imperio en términos jurídicos, para eso analizan el surgimiento de las Naciones Unidas, que representa a la vez la maduración y la crisis de un orden internacional que se encamina pronto hacia un orden global. Hans Kelsen fue uno de los padres teóricos de la validez del derecho internacional (y en última instancia supranacional) para fundamentar el derecho estatal. Buscaba una norma fundamental, universal, a partir de la cual toda otra ley se debería formar. Pero entre la teoría de Kelsen y la realidad, pasaron muchas cosas, entre ellas, empezó a tomar forma “el concepto jurídico de imperio”, que plantea un cambio de paradigma jurídico.

Las transformaciones jurídicas ponen de manifiesto los cambios que nos llevan al imperio y que por supuesto implican transformaciones políticas, culturales y ontológicas. Investigando su genealogía se puede ver que el imperio romano ha tratado de unificar derecho y ética y presentarse como “permanente, eterno y necesario”. Los dos caminos que se desarrollaron en la modernidad: el del derecho internacional y de la utopía de la “paz perpetua” parecen unificarse en el nuevo derecho del imperio. La resurrección del concepto de “guerra justa” es un signo importante del advenimiento del imperio.

El imperio es un sistema jerárquico, que produce legitimidad desde una estructura dinámica y flexible articulada horizontalmente a la vez que reclama una autoridad central. Los valores que lo fundamentan son la paz y el equilibrio. Se presenta como una máquina de creación continua de acuerdos que crean un requerimiento de autoridad. La autoridad imperial es convocada para resolver conflictos y debe estar respaldada por consensos. La autoridad, como lo mostró Schmitt, está asociada a la capacidad jurídica de definir la excepción y aplicar los instrumentos necesarios para solucionar las crisis. Se funda así un derecho de policía universal. Este derecho de policía queda legitimado por valores éticos universales que permiten intervenir en los Estados particulares. Los individuos entramos en relación directa y ya no mediada por lo local, con los valores éticos universales. Pero el imperio naciente puede ser visto a la vez como un imperio en crisis, decadencia o corrupción. “La cuestión de la definición de la justicia y la paz no alcanzará una verdadera resolución; la fuerza de la nueva constitución imperial no se corporizará en un consenso que se articule en la multitud.”

2 comentarios:

magu dijo...

DIEGO
Siento que desde el año 2000 hasta ahora, pasaron más de cien años. El euro parece que no es algo tan útil para algunos países (Italia, España, Grecia), ¿qué dirían hoy Nicola Di Bari y el otro?, verían que si, el Imperio no funciona bien, es como el servicio de atención telefónica al cliente, todos los empleados telefónicos tienen la misma jerarquía, todos están en distintos países, y no te podés quejar por escrito en ningún lado, no te reciben la carta documento en ningún lugar. En algunas cosas se vuelve muy burocrático lo globalizado, y también parcial y arbitrario. En cuanto al derecho transnacional: y si, yo creo que se puede dar, tendriamos que tender a eso: sobre todo lo que se legisle a nivel trata de blancas, rapto de chicos, y cuestiones ambientales: el uso del agua, los incendios, la basura nuclear, Ningún país tendrá ya derecho a recalentar el planeta con sus combustibles, eso debería estar legislado mundialmente. Lo cual no implica intervenir por la fuerza, si no respetan la ley. EEUU no adhirió al Protocolo de Kyoto en el 2005 y eso está mal, saludos Diego
magú trench de bassetti

magu dijo...

Diego volví con una inquietud sobre Derecho Mundial, o transnacional y sus modos de penar o de intervenir ante delito, dolo o incumplimiento de normas ecológicas.

No sé nada sobre derecho ecológico o ecologista o del medio ambiente, pero pienso que muchas leyes deberían ser mundiales, con respecto a la prohibición de talar árboles, contaminación de ríos internos, etc. Me pregunto, por ejemplo, si a Brasil se le ocurriera talar el Amazonas enterito, eso causaría derrumbes, aludes y sequías o lluvías en otros países. El petróleo, dicen que son las venas de la tierra, y si lo extraemos todo la tierra pierde firmeza. Lo mismo con los ríos, suponte que en la ciudad de Córdoba (ej) se les ocurriera tirar todo el residual contaminante de combustibles, cloacas sin procesar, etc, al ´río cuarto. Finalmente la toxicidad llegaría al mar y al océano. O si en N York hicieran solo rascacielos de vidrio, el reflejo recalentaría el planeta. Y si en Kenia mataran a todos los simios que quedan. Creo que las cosas siempre repercuten en el mundo entero. Asi, un país decide matar a todos los perros, los gatos. Pienso que debe haber leyes mundiales de fuerte aplicación, y ayuda, (si un país no puede talar más árboles y reduce su industria, es deber de otros países ayudarlo económicamente o enviando sustento).
bue, saludos